Ley, de creación de los Colegios Oficiales de Asistentes Sociales, establece en su artículo 3º:
"...integrarán en sus respectivos territorios a quienes reúnan los requisitos legales para ser considerados como Diplomados Universitarios en Trabajo Social y Asistentes Sociales, siendo obligatoria para el ejercicio de la profesión la incorporación al Colegio correspondiente."
Ley 1/2002 de 13 de Febrero de creación del Colegio Profesional de Diplomados en trabajo Social y Asistentes Sociales de de Aragón en su artículo 4º:
"La previa incorporación al Colegio Profesional de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Aragón será requisito necesario para el ejercicio de la actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón, sin perjuicio de lo establecido en la legislación de Colegios Profesionales de Aragón y en la legislación básica estatal".
En Asamblea General Ordinaria de 15 de diciembre de 2011, se aprobaron los Presupuestos del Colegio para el año 2012, y se decidió mantener las cuotas en:
Dirigida a alumnas/os matriculados/as en 4º De Grado en Trabajo Social.
Pago único de 40 Euros.
Uso y disfrute de los servicios del Colegio en igualdad de condiciones que las/os colegiadas/os.
Rellenar y firmar un formulario que existe al efecto y aportar fotocopia de la matrícula en 4º De Grado en Trabajo Social. y fotocopia del D.N.I.
Válido durante el 4º curso académico, es decir, hasta septiembre.
- DESCARGAR SOLICITUD DE COLEGIACIÓN
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AUTORIZACIÓN BANCARIA
Más información en administracionaragon@cgtrabajosocial.es
Es imprescindible la presentación de solicitud por escrito de baja del interesado/a dirigida a administracionaragon@cgtrabajosocial.es. Entregando el carnet de colegiado/a y el sello de colegiado/a.
Dicha baja no será efectiva en tanto en cuanto no sea comunicada tras acuerdo por parte de la Junta de Gobierno.
En cumplimiento del artículo 5 de la Ley 15/1999, por el que se regula el derecho de información en la recogida de datos, te informamos de los siguientes extremos:
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